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RUEDA DE PRENSA APOYO COLEGIO DE ALAVA

Consejo General y Consejo Vasco apoyan al Colegio de Araba

El pasado viernes, 20 de enero, el comité ejecutivo del Consejo General se reunió en Vitoria, junto con el Consejo Vasco de Dentistas y exigió una regulación urgente de la publicidad sanitaria.

El Colegio de Dentistas de Araba recibió el apoyo del Consejo General por la sanción de la Autoridad Vasca de la Competencia (AVC). Así, el presidente del Consejo de Dentistas, el Dr. Óscar Castro, recordó que las multas suponen “una evidente desproporción en la base utilizada para el cálculo de las sanciones respecto a los presupuestos colegiales” y consideró «inasumible» para Araba, con 211 colegiados, hacer frente a la «desorbitada» sanción de 250.000 euros impuesta por la AVC.

La presidenta de Araba informó de los pasos que va a dar, con la aprobación de la gran mayoría de sus colegiados, que se basa en agotar las vías judiciales para evitar la multa de la AVC, con el respaldo del Consejo General y de los presidentes de Gipuzkoa y Bizkaia. En este sentido, Jose Fika analizó las reclamaciones atendidas en el 2016 en Bizkaia donde prácticamente la mitad de las mismas corresponde a menos de un 5 % de clínicas.
WhatsApp Image 2017-01-20 at 12.53.36 20-1-2017 Gastaminza, Castro, Mozas, FikaNOTA DE PRENSA COMPLETA: El Colegio de Dentistas de Álava recibe el apoyo del Consejo General por la sanción de la Autoridad Vasca de la Competencia

 

Ley de Garantía de los derechos y de la dignidad de las personas en el proceso final de su vida

Acaba de publicarse esta ley por la cual se regulan los deberes de las profesionales y los profesionales del ámbito asistencial y sanitario encargados de la atención a personas ante el proceso final de la vida en lo que se refiere a la información del proceso, de la que deberá quedar constancia en su historia clínica, y se garantiza el respeto de las preferencias del paciente en la toma de decisiones médicas, ya se expresen estas a través del consentimiento informado o en forma de declaración de voluntades anticipadas, estableciéndose en ambos casos criterios mínimos para la valoración de la capacidad o incapacidad de hecho del paciente, que puede conllevar la relativización de dichas preferencias.

Disposiciones Normativas

LEY 11/2016, de 8 de julio, de garantía de los derechos y de la dignidad de las personas en el proceso final de su vida.

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